La igualdad, en todos los ámbitos (también en el laboral), es un derecho fundamental de los y las ciudadanas, ya que así lo recoge el Título I de la Constitución Española. En los últimos años ha habido grandes avances en materia de igualdad laboral para las entidades y cada vez es un área más regulada, con el objetivo de alcanzar cuotas de igualdad entre mujeres y hombres paritarias. A pesar de ello, las medidas obligatorias y de igualdad de oportunidades todavía generan dudas entre las personas trabajadoras de las empresas y en los departamentos de recursos humanos. Es por ello determinante conocer previamente cuáles son las claves para empezar a determinar si tu entidad es igualitaria.
Puntos clave para saber si una organización es igualitaria
Todas las empresas están obligadas por ley a respetar la igualdad de trato y de oportunidades y a adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres. Además, estas medidas deberán negociarse con la representación legal de las personas trabajadoras. En la web de la Dirección Xeral de Relacións Laborais de la Xunta de Galicia especializada en el ámbito de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el terreno laboral se pueden encontrar un gran número de recursos. Uno de ellos es un folleto divulgativo y de sensibilización para las empresas con un check-list para las entidades de menos de 50 personas trabajadoras. Algunos de los puntos claves a aplicar para todas las empresas serían los siguientes:
- Existencia de un cuadro de personal equilibrado entre mujeres y hombres y análisis de las diferencias salariales con un registro retributivo.
- Realización de formaciones, medidas de sensibilización e impulso de medidas de conciliación para todas las personas trabajadoras.
- Existencia de un protocolo de delitos contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo.
- Promoción del clima laboral respetuoso y la protección de la salud de las mujeres.
Otros materiales para abordar el estado de la igualdad en la empresa son los autodiagnósticos de la entidad. Unos de ellos podrían ser los cuestionarios técnicos del Instituto de las Mujeres, ¿Cómo mido la situación de igualdad en mi empresa? o ¿Qué nivel de desarrollo tiene el Plan de Igualdad en mi empresa?, ambos casos son check-list para conocer el cumplimiento de la empresa. Además, la Dirección Xeral de Relacións Laborais de la Xunta de Galicia tiene a disposición de todas las empresas de Galicia la herramienta de autodiagnóstico digital de igualdad laboral en las empresas o el mencionado contenido de sensibilización.
Hacer un diagnóstico de la empresa en materia de igualdad
Pero si tu entidad tiene 50 o más personas trabajadoras y, por tanto, está obligada por ley a cumplir con la existencia de un Plan de Igualdad el primer punto de partida para conocer el estado de la empresa es elaborar un diagnóstico de la situación laboral en estos términos. La elaboración del diagnóstico está regulado por el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por lo que se regulan los planes de Igualdad y su registro, y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, en uno de los anexos donde figura las “Disposiciones aplicables para la elaboración del Diagnóstico” que tiene en cuenta los siguientes aspectos a evaluar:
- Disposiciones generales, en las que se detallan los siguientes aspectos: datos desagregados por sexo, información interna y externa de la empresa, referencias al proceso y metodología, la posibilidad de participación de personas con formación específica y la necesidad de “reflejar fielmente en qué medida la igualdad entre mujeres y hombres está integrada en la gestión y estructura de la empresa, así como los ámbitos prioritarios de actuación.”
- Proceso de selección, contratación, formación y promoción profesional.
- Clasificación profesional, retribuciones y auditorías retributivas.
- Las condiciones de trabajo.
- La conciliación y la corresponsabilidad de los derechos de la vida personal, familiar y laboral.
- La infrarrepresentación femenina, en caso de existir.
- Prevención de delitos contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo.
Estos puntos a tratar en el diagnóstico son un listado de ítems fundamentales para conocer en profundidad a la entidad. Más allá de la obligación legal de las empresas y entidades la elaboración de un diagnóstico es el punto más determinante para conocer cómo se encuentra la empresa en términos de igualdad laboral entre mujeres y hombres. El diagnóstico es un escáner profundo sobre la entidad y en ella se plasman los aspectos prioritarios sobre los que actuar, de ser necesario. Una vez elaborado el diagnóstico, un siguiente paso sería la construcción de un Plan de Igualdad en la empresa. La elaboración, implantación, seguimiento y evaluación del Plan de Igualdad está regulado por el mismo decreto que el diagnóstico y cuenta con unas fases estructuradas.
También es fundamental, y así está recogido en la ley, que la elaboración de material relativo a la igualdad laboral se aborde desde la perspectiva de género. El abordaje de la comunicación no sexista puede ser un elemento prioritario que las empresas asuman, tengan o no la obligación de elaborar planes de igualdad.
Para conocer si tu entidad trabaja en materia de igualdad laboral un buen punto de partida será fijarse en aspectos como: un cuadro de personal equilibrado, un diagnóstico de igualdad y establecer mecanismos de comunicación inclusiva y de formación y sensibilización para todas las personas.