Registro, Certificación y Acreditación​

Una vez elaborado y aprobado el Plan de Igualdad (cualquiera que sea su origen o naturaleza, obligatoria o voluntaria y fuesen o no adoptados por acuerdo entre las partes) las empresas están obligadas a depositarlo en registro público (Registro y Depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad -REGCON) en un plazo no superior a los 15 días siguientes a la fecha de firma de aprobación del plan.

La tramitación del Registro, en el caso de los Planes de Igualdad de ámbito autonómico, corresponde a la Subdirección General de Relaciones Laborales y, en los planes de ámbito provincial, corresponde a las Jefaturas Territoriales de la Consellería de Emprego e Igualdade.

Además, las empresas pueden también realizar un proceso de Certificación acreditativa de Implantación del plan de igualdad, que se realiza a través de la Unidad Administrativa de Igualdad de la Consellería de Emprego e Igualdade. Esta certificación es obligatoria para las empresas beneficiarias del Programa de ayudas para implantar la igualdad laboral de la Consellería de Emprego e Igualdade.

En la Guía “Como Elaborar un Plan de Igualdad en la Empresa”, de la Dirección General de Relaciones Laborales, de la Consellería de Empleo e Igualdad puedes encontrar el procedimiento para el registro del plan y la obtención de la Certificación acreditativa de Implantación.

Proceso telemático para el registro y certificación del plan de igualdad:

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