La conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas trabajadoras es un derecho recogido en el ámbito jurídico internacional, europeo y nacional. El concepto de conciliación se refiere al equilibrio que se busca entre los compromisos laborales y las necesidades personales y familiares de una persona. Tradicionalmente hay ciertas cuestiones sociales, sobre todo aquellas relativas a los cuidados de personas menores o mayores, las tareas domésticas o la carga mental, que se le atribuyen a las mujeres por los estereotipos de género asumidos de forma histórica. Pero la incorporación de las mujeres al mercado laboral supuso profundos cambios sociales que hicieron necesario reconfigurar el sistema para permitir el reparto equilibrado de responsabilidades entre hombres y mujeres. Las medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral implican el equilibrio entre las tareas personales y laborales de las personas trabajadoras, creando ambientes de trabajo donde las personas puedan cumplir con sus responsabilidades en el trabajo sin sacrificar la calidad de vida personal y familiar.
Los avances sociales han impulsado cambios normativos para favorecer la conciliación. Sin ir más lejos, en 2023 se aprobaron nuevos permisos como el permiso parental no retribuido de 8 semanas hasta que el o la menor cumpla 8 años o el permiso retribuido de 5 días para cuidar de familiares de segundo grado o convivientes. Pero, además de esto, las empresas pueden desarrollar políticas de conciliación con muchas medidas de carácter voluntario. Estas actuaciones, normalmente, se pueden clasificar en cinco tipos: de flexibilidad temporal, de flexibilidad espacial, medidas de adaptación a los puestos de trabajo, servicios de atención a las personas o beneficios sociales.
Las pequeñas y medianas empresas (pymes) de Galicia también pueden asumir medidas de conciliación para mejorar la calidad de vida de las personas trabajadoras. Estas medidas deben darse a lo largo del año laboral, pero también puede haber algunas exclusivas del periodo vacacional, meses del año en el que las cargas familiares suelen ser más elevadas, y más particularmente en el caso de personas con menores a su cargo al estar cerrados los centros educativos.
Medidas de conciliación de flexibilidad temporal
Las medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral de flexibilidad temporal son aquellas relativas a la distribución de la jornada de las personas trabajadoras y la adaptación de sus necesidades. Entre las medidas de conciliación de flexibilidad temporal más habituales que las pymes pueden poner en marcha se encuentran la flexibilidad horaria (disponer de una franja horaria de entrada y salida establecida por la empresa) o la jornada intensiva (durante un periodo del año se establece un horario laboral comprimido de mañana), pero no son las únicas medidas de conciliación que las empresas pueden poner en marcha para mejorar la conciliación durante el periodo vacacional. La semana comprimida (prolongar las horas de trabajo durante algunos días de la semana a cambio de reducir los días laborales, como por ejemplo, trabajar de lunes a jueves durante el verano), la prioridad en la elección de turnos de trabajo entre personas trabajadoras con cargas familiares, turnos rotativos en fines de semana (en aquellas empresas con turnos en sus horarios laborales) o disponer de un calendario vacacional flexible (decidir las vacaciones en el periodo que mejor les convenga a las personas trabajadoras) son otras medidas de conciliación de flexibilidad temporal que se pueden aplicar en el verano en las pymes.
Medidas de conciliación de flexibilidad espacial
Otras medidas para mejorar la conciliación que se pueden aplicar en las pymes son aquellas medidas de flexibilidad espacial. Cuando nos referimos a la flexibilidad espacial lo hacemos en relación al lugar dónde las personas profesionales desarrollan su trabajo y la adaptación de este espacio a sus necesidades. Una de las medidas clásicas de flexibilidad espacial es el teletrabajo, que consiste en desarrollar la actividad profesional sin presencia física de la persona trabajadora, gracias a los medios de información y telecomunicación actuales. Un ejemplo sería adoptar medidas de teletrabajo en verano para que la persona trabajadora pueda trabajar desde su hogar u otro espacio con el ordenador u otros mecanismos tecnológicos que necesite. Es importante recordar que, a pesar de tratarse de una medida voluntaria, las condiciones en las que se desarrolla el teletrabajo están reguladas mediante la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia.
Otras medidas de conciliación
En cuanto al resto de medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral que se podrían poner en marcha en las pymes en el periodo vacacional son aquellas que faciliten el acceso a los servicios de atención a las personas dependientes mayores, menores o con discapacidad, como por ejemplo, facilitar un servicio de cuidados en los períodos estivales (centros de día, guarderías, campamentos…) o bonificar a las personas trabajadoras para que ellas puedan pagarlos a través, por ejemplo, de complementos salariales específicos. Otra medida a tener en cuenta podría ser la de adaptar el puesto de trabajo durante el verano para flexibilizar el horario (la persona trabajadora continúa en su puesto de trabajo, pero la carga y las responsabilidades se adaptan temporalmente).
De todas las medidas de conciliación mencionadas las más habituales empleadas por las pymes con el distintivo “Igualdad en la empresa”, según el informe Buenas prácticas de conciliación y corresponsabilidad en las empresas de Red con distintivo “Igualdad en la empresa” (Red Die), son el horario flexible de entrada y/o salida (60%), el trabajo a distancia (60%), la jornada intensiva de verano (46,7%), distribución personalizada de la jornada (46,7%) y vacaciones flexibles (40,0%). Planificar las medidas de conciliación en el largo plazo es una recomendación habitual y en el apartado de conciliación de nuestra web puedes encontrar más información y medidas relativas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.