Todas las empresas, independientemente de su tamaño, están obligadas a aplicar medidas de igualdad entre mujeres y hombres en su gestión para contribuir a una sociedad más justa. Además, las empresas deben ser espacios libres de discriminaciones por razón de sexo y promover la igualdad entre mujeres y hombres.
Quizás la actuación más reconocida a nivel de igualdad en las empresas son los planes de igualdad, que son herramientas que incluyen una serie de medidas (con sus indicadores de evaluación) a implementar en las empresas tras la realización de una diagnosis de igualdad en la que se evidencia la necesidad de las mismas. Las empresas más pequeñas (de menos de 50 personas trabajadoras) no están obligadas a realizar un plan de igualdad, exceptuando los casos:
- En donde se reconozca la obligación en un convenio colectivo.
- Sea impuesto por la autoridad laboral como medida sustitutiva de una sanción.
Pero hoy nos centraremos en esta publicación en hablar de aquellos casos en donde es voluntaria la realización del plan de igualdad.
Consideraciones previas
Un primer punto a tener en cuenta es que todos los planes de igualdad tienen que realizarse con base en la legislación básica en materia de igualdad laboral. El tamaño es un factor no relevante si existe la decisión o el deber de hacer el plan. Y, ¿cuál es esa legislación a tener en cuenta? Aunque en este blog se ha analizado en varias ocasiones esta normativa, las principales normas a tener en consideración son:
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres
- Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
- Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo , de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
- Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre , por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
- Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.
- Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad
Beneficios de la realización
La realización de un plan de igualdad en pequeñas empresas, aporta muchos beneficios. Aquí se recogen algunos de ellos, vinculados con la importancia como elemento estratégico para la gestión de su capital humano y para proyectar una mejor imagen corporativa.
- Mejora competitiva frente a la competencia. A día de hoy son muchos los diferentes organismos públicos que incluyen como cláusula social en sus contrataciones, puntuaciones adicionales para empresas que cuenten con su plan de igualdad negociado con la representación legal de las personas trabajadoras y subido al Registro y Depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad. Esto puede ser determinante a la hora de la adjudicación de contratos públicos.
- Mejora de la gestión del talento. Tanto para atraer como para retener talento, los planes de igualdad son una herramienta de gran utilidad porque establecen políticas de conciliación, formación, desarrollo de la carrera profesional… con medidas más allá de las establecidas en la legislación vigente y hace a la empresa más atractiva antes sus personas trabajadoras.
- Disminuye los costes de personal. Bien sea a través de la reducción del absentismo laboral, bien a través de la disminución de rotación de las personas trabajadoras, ya que los planes de igualdad y sus medidas generan mayores posibilidades de promoción y formación, mejoras retributivas y facilitan más oportunidades para la conciliación entre la vida personal, laboral y familiar.
- Impulsa la responsabilidad social corporativa de la entidad. A través del plan de igualdad se está contribuyendo a avanzar en los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en concreto en el 5 Igualdad de Género y en el 8 Trabajo Decente.
- Mejora de la imagen corporativa de la empresa. Tanto a nivel interno con sus trabajadores y trabajadoras, como a nivel de su clientela y de la sociedad en general. Además te puede ayudar a lograr reconocimientos a través de postularte como empresa candidata al distintivo Igualdad en la Empresa (convocado por el Instituto de las Mujeres) o a la Certificación Galega de Excelencia en Igualdade de la Xunta de Galicia.
Por último, no se puede cerrar esta publicación sin comentar que existen una serie de costes asociados a la negociación y elaboración de un plan de igualdad. Por un lado, costes de personal derivados del tiempo de dedicación de las personas de las empresas para búsqueda de datos, asistencia a reuniones, diseño de medidas, ejecución, seguimiento…; por otro, costes de contratación de personal especializado para el asesoramiento en materia de igualdad laboral y, por último, el coste de las propias medidas diseñadas para realizarse en el marco del plan.
Para hacer frente a estos gastos, la Dirección Xeral de Relacións Laborais de la Consellería de Promoción do Emprego e Igualdade convoca todos los años subvenciones dirigidas a ayudar con los costes de elaboración de planes de igualdad en pequeñas empresas. Puedes prestar atención a nuestra página web para estar con información al día de estas convocatorias.