Ayer se celebró el Día de la Constitución y se conmemoró el 44º aniversario del referéndum que la ratificó en 1978. Desde la Xunta de Galicia, y en concreto desde la Consellería de Promoción do Emprego e Igualdade, a través de la Dirección Xeral de Relacións Laborais, queremos aprovechar la ocasión para reiterar nuestro compromiso por la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en las empresas gallegas, destacando el papel de la Constitución en la defensa de esos derechos.
El papel de la Constitución en el ámbito de la igualdad laboral
El texto constitucional recoge diverso contenido directamente relacionado con el mercado de trabajo. Así mismo, el principio de igualdad es un concepto al que se hace alusión en muchas ocasiones en la Carta Magna. De hecho, el artículo 1.1 sitúa la igualdad como uno de los valores superiores de nuestro ordenamiento jurídico y el artículo 14 la establece como un derecho fundamental de la ciudadanía, prohibiendo cualquier tipo de discriminación en atención a cualquier circunstancia de carácter personal o social. Además, cabe mencionar otros tres artículo que perfilan la protección y aplicación de ese derecho, el artículo 9.2, el artículo 35 y el artículo 149.1:
- El artículo 9.2. indica que es responsabilidad de los poderes públicos “promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social”.
- El artículo 35 afirma que “Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.” Señala también que la ley regulará un estatuto de los trabajadores.
- El artículo 149.1.1ª consagra como la primera de las competencias reservadas al Estado la regulación básica de la igualdad de los españoles tanto en sus derechos como en sus obligaciones.
Por tanto, la Constitución fue el primer marco normativo a partir del cual se han ido desarrollando diversas regulaciones en el ámbito laboral destinadas a que las organizaciones adopten medidas para evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.
Normativa reguladora en materia de igualdad laboral
Para lograr la igualdad real y efectiva en el entorno laboral, es necesario garantizar que quienes se encuentran en la misma situación tengan los mismos derechos. Por eso, la implantación de la perspectiva de género en el ámbito laboral es imprescindible para alcanzar un desarrollo óptimo como sociedad a todos los niveles. En este sentido, la agenda de trabajo de la Xunta de Galicia y la de la Consellería de Promoción do Emprego e Igualdade están marcadas por la consecución de la equiparación salarial y la eliminación de cualquier discriminación laboral por razón de sexo.
A nivel europeo, desde 2010, existen varias directivas que regulan la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación. Puedes consultarlas en esta sección de nuestra página web. Pero hoy vamos a centrarnos en el ámbito nacional, donde, después de lo estipulado en el texto constitucional, puede decirse que el desarrollo legislativo más importante ha sido la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Una Ley que se convirtió en el primer instrumento legal del ordenamiento jurídico español en incorporar muchos de los avances conseguidos en materia de igualdad, también en el marco de las relaciones laborales.
Esta norma reguló por primera vez el instrumento más completo del que disponen las organizaciones para trabajar la igualdad en la empresa, los planes de igualdad. Además, se convirtió en la semilla de la normativa que se ha ido desarrollando después en materia de igualdad retributiva, derechos de conciliación y corresponsabilidad y tratamiento del acoso sexual o por razón de sexo en el entorno laboral.
La LOIEMH y la legislación posterior en materia de igualdad han venido a completar lo estipulado en la Constitución y han servido para lograr grandes avances a todos los niveles. Sin embargo, debemos ser conscientes de que, en el área de igualdad laboral queda mucho trabajo por hacer. En el ámbito autonómico, la Xunta de Galicia ha puesto en marcha varias iniciativas, que incluyen un portal web y un campus virtual de formación en igualdad laboral, así como una herramienta de autodiagnóstico para facilitar a las empresas la evaluación periódica de su nivel de desarrollo y del impacto de sus actuaciones para alcanzar la igualdad de género en el trabajo.
Además, se está trabajando en la reforma de la Ley de igualdad autonómica, que se presentará al Parlamento durante el primer trimestre del próximo año. La nueva normativa incluirá un capítulo dedicado al bienestar laboral, reconocerá también la discriminación múltiple, impulsará la creación de empresas en sectores con infrarrepresentación femenina y un estatuto propio de la mujer trabajadora en el rural y el mar. Por último, desde esta Dirección Xeral de Relacións Laborais, se continuará con la labor de sensibilización sobre la necesidad de alcanzar la igualdad real y efectiva en todos los entornos laborales.