Día Internacional Orgullo LGTBI 2026

El próximo 28 de junio se celebra el Día Internacional del Orgullo LGTBI, una fecha marcada por la conmemoración de los disturbios de Stonewall en 1969, que funciona como oportunidad para visibilizar la diversidad sexo-afectiva, defender los derechos humanos, la igualdad de trato y oportunidades y la dignidad de las personas. Esta es una jornada para fortalecer la lucha contra la discriminación por razón de sexo, género, orientación o vivencia sexual, la intolerancia y la violencia contra las personas del colectivo LGTBI.

El estudio “Diversidad en el entorno laboral: estudio sobre la situación laboral de las personas LGTBI en Galicia” de la Xunta de Galicia concluye que los puntos críticos en los que las personas del colectivo LGTBI puede sufrir con mayor probabilidad situaciones de discriminación y LGTBIfobia en el contexto profesional es en los procesos de acceso y selección y en el clima laboral de las organizaciones en las que trabajan.

El Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, por el que se desarrolla el conjunto planificado de las medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas desarrolla reglamentariamente la obligación empresarial de contar con un conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI tal y como se recoge en el artículo 15.1 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

Estas obligaciones son de aplicación para las empresas con más de 50 personas trabajadoras y las medidas han de ser negociadas en los convenios colectivos de aplicación. En caso de que no exista convenio colectivo de aplicación, y exista representación sindical, las medidas serán negociadas mediante acuerdos de empresa y cuando no exista convenio colectivo de aplicación y tampoco se cuente con representación legal de las personas trabajadoras, la negociación de las medidas se realizará a través de una comisión negociadora.

El año pasado, la publicación que conmemoraba esta misma fecha, coincidía en el marco temporal (entre abril y junio de 2025) en el que las empresas debían tener implementadas las medidas planificadas en materia LGTBI. Un año después, procedemos a la revisión de algunos convenios colectivos de aplicación y cómo han incorporado estas acciones.

Convenios colectivos que incluyen medidas planificadas en materia LGTBI en Galicia

En este apartado compartimos algunos de los convenios aprobados recientemente que incluyen medidas planificadas en materia LGTBI.

En mayo de 2025, la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de centros especiales de empleo de Galicia, acuerda la implantación de medidas que aseguren la igualdad real y la no discriminación de las personas LGTBI en las empresas, publicando las Medidas planificadas y el Protocolo de actuación frente al acoso y la violencia contra las personas LGTBI, de aplicación para los centros especiales de empleo de Galicia en su convenio colectivo.

En esta negociación se acuerdan propuestas para garantizar la igualdad de trato y no discriminación, el acceso al empleo, la clasificación y promoción profesional, la formación, sensibilización y lenguaje, los entornos laborales diversos, seguros e inclusivos, los permisos y beneficios sociales, y el régimen disciplinario. El acuerdo también recoge el compromiso de construir un entorno laboral inclusivo, evitando la reproducción de estereotipos tradicionales y promoviendo una representación diversa que visibilice a las personas LGTBI sin caer en el binarismo ni en etiquetas restrictivas. A su vez, se marcan los criterios que se van a utilizar en los procedimientos de ascenso que deberán ser objetivos y neutros para evitar cualquier tipo de discriminación directa o indirecta desfavorable donde se incluye la orientación sexual, la identidad y/o expresión de género, la diversidad sexo-genérica o familiar como posible factor discriminatorio.

El convenio colectivo para el personal laboral de las empresas del sector de mayoristas de frutas y productos hortícolas de Pontevedra para los años 2023-2026 incorpora las medidas estipuladas en el RD 1026/2024 y en la Ley 4/2023 para conseguir la igualdad y la no discriminación de las personas LGTBI en las empresas. Este acuerdo, más allá de los requisitos de la norma, presta atención al lenguaje utilizado y también hace diferentes referencias a las oportunidades y el tratamiento de las personas trans, como colectivo especialmente vulnerable en el acceso al empleo.

De igual forma, el convenio colectivo de ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia para peluquerías de señoras, caballeros, unisex y salones de belleza, incluye en su anexo I el Protocolo de actuación contra el acoso sexual, el acoso por razón de sexo, el acoso psicológico y otras conductas contrarias a la libertad sexual donde afirma, entre otras medidas, que se promoverá la tolerancia cero ante a LGTBI-fobia. En el anexo II se incluyen las Medidas planificadas y acordadas para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI.

Aunque no es de aplicación única al contexto gallego, se ha aprobado el acuerdo de modificación del IX Convenio colectivo estatal de gestorías administrativas, que afecta también a las personas trabajadoras de dicho ámbito en la comunidad gallega. En él se desarrollan las medidas necesarias para garantizar la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI según se recoge en la normativa, así como el Protocolo de actuación frente al acoso y la violencia contra las personas LGTBI.

Desde la Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales de la Xunta de Galicia ponemos a disposición de personas individuales y organizaciones una serie de recursos para atender a la diversidad laboral en el contexto gallego a través de nuestra web diversidade.aigualdadelaboral.gal.