El Convenio 190 sobre la violencia y el acoso en el trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) fue adoptado el 21 de junio de 2019. Desde entonces los gobiernos de los 187 Estados Miembros de la organización tienen un mismo documento base para luchar contra la violencia y el acoso en el ámbito laboral a fin de promover el trabajo decente de mujeres y hombres alrededor del mundo.
Cuando hablamos de convenios nos referimos a un conjunto de normas internacionales de trabajo que pueden ser ratificadas por los Estados Miembros de la OIT. Estos convenios obligan a los Estados que los ratifican a ciertas cuestiones en el ámbito laboral, ya que su objetivo es mejorar las condiciones a nivel global. En este caso, trataremos el Convenio 190 sobre violencia y acoso en el trabajo. Un documento fundamental para conseguir la igualdad laboral entre mujeres y hombres.
En España entrará en vigor el 25 de mayo de 2023, tras su determinación en el BOE del 16 de junio de 2022, dónde se publicó el Instrumento de adhesión de España al Convenio de la Organización Internacional del Trabajo núm. 190. Los países pioneros en su apoyo fueron Uruguay, Sudáfrica y Somalia y, a pesar de su gran necesidad a escala mundial, todavía es demasiado amplia la lista de países que no lo ha ratificado, entre los que se encuentran, países como Francia o Portugal. España se adhirió a este Convenio 190 el 25 de mayo de 2022, convirtiéndose en el decimoquinto Estado Miembro en asumirlo. En esa misma fecha, se adhirió también al Convenio 177 sobre trabajo a domicilio, siendo el decimotercer país en ratificarlo.
A continuación desgranamos algunas de las cuestiones principales del Convenio 190.
El convenio 190 y su porqué
El convenio 190 sobre la violencia y el acoso, se complementa con la Recomendación 206, y deben considerarse conjuntamente, es por ello que en el texto hablaremos de ellos como el Convenio 190 en términos generales. La aprobación del Convenio 190 fue un hito a nivel global, ya que, supuso la primera norma internacional del trabajo que proporcionaba un marco único para prevenir, remediar y eliminar la violencia y el acoso en el ámbito laboral, incluyendo la violencia y el acoso por razón de género, tal y como indica la propia OIT en el material de difusión del Convenio. Por primera vez se aclara lo que debe entenderse por ‘violencia y acoso en el mundo del trabajo’ y se detallan las medidas que deben tomarse para prevenirla y abordarla, y quién debe hacerlo.
Su redacción y aprobación es fundamental para un mundo global e igualitario y ya en el artículo 1 del Convenio se definen los términos de violencia y acoso como “aquellos comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico”. Además, incluye la violencia y el acoso por razón de género “que van dirigidos contra las personas por razón de su sexo o género, o que afectan de manera desproporcionada a personas de un sexo o género determinado, e incluye el acoso sexual”.
¿A quién va dirigido el Convenio 190?
El convenio 190 abarca situaciones y colectivos que van más allá de la relación laboral. Incluye a todas las personas trabajadoras, especialmente a los cuatro grupos de personas que desglosamos a continuación:
- Personas asalariadas según se definen en la legislación y la práctica de cada Estado. Pero esto se refiere a todas las personas que trabajan, cualquiera que sea su situación contractual.
- Personas en formación, incluyendo a las personas que realizan prácticas. También a personas trabajadoras que hayan sido despedidas.
- Personas en búsqueda de empleo.
- Personas que ejercen la autoridad, las funciones o las responsabilidades de una persona empleadora.
¿En qué espacios se aplica el Convenio 190?
El mundo del trabajo es una realidad cambiante y diversa, por ello, este Convenio es pionero poniendo el foco en la violencia y el acoso que suceden “durante el trabajo, en relación con el trabajo o como resultado del mismo”. Así mismo, incluye como espacios de aplicación los siguientes, algunos de ellos novedosos:
- El lugar de trabajo físico, los espacios públicos y privados cuando son un lugar de trabajo.
- También se incluyen como espacios de aplicación del Convenio los desplazamientos, viajes, eventos o actividades sociales o de formación relacionados con el trabajo.
- Los lugares donde se paga a la persona trabajadora, donde toma su descanso o donde come, donde utiliza instalaciones sanitarias o de aseo y los vestuarios. Es decir, se incluyen las zonas comunes como el comedor.
- Otro de los asuntos en los que es pionero este Convenio es que se aplica también en las comunicaciones relacionadas con el trabajo, incluidas las realizadas por medio de tecnologías de la información y de la comunicación.
- El alojamiento proporcionado por el empleador.
Seguimiento y ratificación por parte de los países
En la actualidad solo existen 10 países en el mundo que tengan en vigor el Convenio 190 y 15 en los que entrará en vigor a lo largo de este año 2023, entre los que se encuentra España. Todavía queda un largo camino por recorrer para que muchos de los países miembros de la OIT ratifiquen el Convenio y continúen luchando contra el acoso y la violencia en el trabajo. Es por ello que, la organización se ha aliado con la ONU Mujeres para parar la violencia y el acoso laboral poniendo el foco en que más países ratifiquen el Convenio. Por ejemplo, se ha hecho un llamamiento para que países de América Latina y el Caribe lo aprueben, ya que después de la pandemia muchas personas trabajadoras, sobre todo mujeres, continúan sin protección y con empleos precarios.
Ante esta nueva regulación, completada con la Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual las empresas tienen la obligación de avanzar hacia convertirse en espacios libres de violencias hacia las mujeres.