Cada trimestre recapitulamos las novedades más reseñables en materia de igualdad laboral a nivel internacional, europeo, nacional y autonómico de los últimos meses. Una sección en la que se puede encontrar información sobre normativa, ayudas, estudios e informes, materiales de sensibilización, etc., así como acciones impulsadas por distintas entidades y organismos.
Nivel autonómico
AYUDAS
La Xunta de Galicia presentó el Programa de apoyo a la contratación de mujeres en ocupaciones masculinizadas y para la adaptación de espacios en las empresas. Las bases reguladoras de la convocatoria del programa se recogen en la Orden de 9 de julio de 2024, cuyo plazo de presentación de solicitudes finaliza el 30 de septiembre. Su objetivo principal es contribuir a incrementar las bajas tasas de ocupación femenina en dichos puestos de trabajo. Entre las posibles entidades beneficiarias, se encuentran las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, que contraten a mujeres en puestos masculinizados en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Una de las líneas del programa pretende impulsar la contratación por cuenta ajena de mujeres desempleadas en ocupaciones masculinizadas, o con infrarrepresentación femenina, mediante contratos de duración indefinida realizados entre el 1 de enero de 2024 y el 20 de octubre de 2024. El importe de las ayudas oscila entre los 7.500 € y los 15.000 €. Las solicitudes deben ser presentadas por medios electrónicos a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

La Xunta de Galicia convocó las ayudas de 2024 para la conciliación de la vida familiar y laboral por reducción de la jornada de trabajo, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa FSE+ Galicia 2021-2027. Estas subvenciones tienen como finalidad fomentar la asunción, especialmente por parte de los hombres, de los derechos asociados con la corresponsabilidad y los cuidados.
Las personas físicas que, en el período comprendido entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de julio de 2024, acredite una reducción de jornada para el cuidado de un hijo o hija menor de tres años, o menor de doce años en el supuesto de que padezca una discapacidad reconocida igual o superior al 33 %, con los requisitos señalados en la convocatoria (artículo 5), puede ser beneficiaria de esta ayuda. La cuantía está determinada por el porcentaje de reducción de la jornada laboral y su duración, en atención al número de hijas e hijos a cargo de la persona solicitante, de acuerdo con los tramos y costes unitarios establecidos.
Nivel nacional
LEY ORGÁNICA 2/2024
Se ha publicado en el BOE la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, una norma que supone un avance a lo ya regulado en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que incorporó el principio de representación equilibrada. Su objetivo es ampliar el alcance, garantizando la representación efectiva de las mujeres en los ámbitos decisorios de la vida política y económica.
A los efectos de esta Ley, se entiende por representación paritaria y presencia equilibrada entre mujeres y hombres aquella situación en la que las personas de cada sexo no superen el 60% ni sean menos del 40% en un ámbito determinado. Esta Ley Orgánica traspone la Directiva (UE) 2022/2381 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de noviembre de 2022, relativa a un mejor equilibrio de género entre los administradores de las sociedades cotizadas y medidas conexas, modificando el RDL 1/2010, de 2 de julio, de la Ley de Sociedades de Capital, para exigir que las sociedades cotizadas aseguren que el consejo de administración tenga una composición que garantice la presencia, como mínimo, de un 40% de miembros del consejo del sexo menos representado. Además, se establece un principio de presencia equilibrada en los puestos de alta dirección para estas sociedades.
De igual manera, las entidades de interés público que tengan más de 250 empleados, un volumen de negocios superior a 50 millones de euros o activos que superen los 43 millones deberán asegurar una composición que respete el principio de paridad, garantizando que el número de mujeres no sea inferior al 40%. Además, este principio se implementará en los próximos cinco años en la Administración General del Estado y en las entidades del sector público para la selección de sus órganos superiores y directivos.
Esta nueva normativa afecta también a la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales. Así mismo, exige contemplar el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en la composición de los tribunales, jurados y órganos colegiados constituidos para otorgar premios o condecoraciones de la Administración General del Estado o entidades integrantes del sector público institucional estatal.
Por último, realiza cambios en diversas normativas, como la Ley Orgánica de Libertad Sindical, la Ley del Estatuto de los Trabajadores y la Ley 5/2011 de Economía Social, con el objetivo de asegurar el principio de representación equitativa entre hombres y mujeres.
Nivel internacional
NORMA ISO 53800
Se ha publicado la Norma ISO 53800. Directrices para la promoción e implementación de la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres en su versión en español. Entre los objetivos de este nuevo estándar se encuentran la promoción de la igualdad de género en las organizaciones, el empoderamiento para fortalecer el papel de las mujeres en las organizaciones y la contribución a los Objetivos de Desarrollo Sostenible fomentando el cumplimiento del ODS 5.
GLOBAL GENDER GAP REPORT 2024
De acuerdo con el último informe anual Global Gender Gap Report 2024 del Foro Económico Mundial de Davos, el índice global de brecha de género de los 146 países incluidos se sitúa en un 68.5%, una décima por debajo del índice del año anterior. Por su parte, España se encuentra entre los diez primeros países, alcanzando su puntuación más alta en paridad de género con un 79,7%. En concreto, la brecha se ha reducido principalmente en los ámbitos político y educativo. Pero, pese a que ha incrementado la paridad económica, se advierte que la proporción de mujeres en la tasa de fuerza laboral ha disminuido significativamente con respecto a 2021 (de 69,2% a 53,2%).

EL TRABAJO DECENTE Y LA ECONOMÍA DEL CUIDADO
La Organización Internacional del Trabajo ha presentado el informe El trabajo decente y la economía del cuidado, que busca resaltar la importancia del trabajo decente en este sector para la igualdad de género. Se han analizado las condiciones laborales del personal de cuidado, así como la relación entre trabajo decente y la calidad de los servicios, además de las normas y políticas internacionales en este ámbito. La distribución del trabajo de cuidado tiene un impacto considerable en la igualdad de género. En promedio, las mujeres dedican cada día 4 horas y 25 minutos al cuidado no remunerado, en comparación con 1 hora y 23 minutos que dedican los hombres. Esta carga de trabajo limita la participación de aproximadamente 606 millones de mujeres en edad laboral en el mercado de trabajo, afectando su acceso a empleos dignos y actividades que generan ingresos, siendo las mujeres dos tercios del personal de cuidado. Por tanto, fomentar la economía del cuidado es crucial para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible, especialmente los relacionados con la igualdad de género (ODS 5), el trabajo decente y crecimiento económico (ODS 8) y la reducción de las desigualdades (ODS 10).